Inválido

Documento que oferta para la elección de los trabajadores que cotizan al ISSSTE que iniciaron el trámite para obtener su pensión.

Decisiones a tomar:

  • Elegir una Aseguradora, Pensiones Banorte es tu mejor decisión para el pago de tu Pensión a través de una Renta Vitalicia.

Futuro Pensionado (a):

Al estar solicitando una PENSIÓN POR INVALIDEZ debe tratarse de una pensión para algún trabajador que por un accidente o enfermedad no relacionada al trabajo, sufra un daño que afecte el desempeño de un trabajo igual. Por ende se te dará a escoger:

  • Seguro de Pensión(Pensión pagada por Pensiones Banorte):

El ISSSTE comprará tu seguro de pensión con una Aseguradora. En este caso, tu pensión será pagada mensualmente por parte de la Aseguradora que elijas hasta que cumplas 65 años de edad y 25 de antigüedad como afiliado al ISSSTE, posteriormente podrás disfrutar de una pensión de vejez. Una Aseguradora, también cubrirá las pensiones de tus beneficiarios en caso de tu fallecimiento. Podrás utilizar tus Aportaciones Voluntarias para incrementar tu pensión que crecerá con la inflación en el mes de febrero de cada año.

Preguntas frecuentes

Pregunta Frecuente Seguro de Pensión Banorte
¿Me garantizan mi pensión para toda mi vida? NO. Sólo hasta los 65 años y 25 años de cotización. Posteriormente deberás tramitar una pensión por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.
En caso de mi fallecimiento,¿mis beneficiarios reciben pensión?
¿Recibo anualmente aguinaldo? SI, y podrás elegir la forma en que la aseguradora te lo pague, ya sea a través de un pago anual, o mensualmente.
¿Siempre voy a recibir lo mismo de pensión? Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación.*
En caso de fallecimiento,¿mis beneficiarios pueden retirar los recursos que no se usaron para mi pensión? SI, el saldo acumulado de tu cuenta individual podrá ser retirado por tus beneficiarios en una sola exhibición o utilizado para que se les otorgue una pensión mayor.
Pregunta Frecuente Seguro de Pensión Banorte
¿Me garantizan mi pensión para toda mi vida? NO. Sólo hasta los 65 años y 25 años de cotización. Posteriormente deberás tramitar una pensión por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.
En caso de mi fallecimiento,¿mis beneficiarios reciben pensión?
¿Recibo anualmente aguinaldo? SI, y podrás elegir la forma en que la aseguradora te lo pague, ya sea a través de un pago anual, o mensualmente.
¿Siempre voy a recibir lo mismo de pensión? Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación.*
En caso de fallecimiento,¿mis beneficiarios pueden retirar los recursos que no se usaron para mi pensión? SI, el saldo acumulado de tu cuenta individual podrá ser retirado por tus beneficiarios en una sola exhibición o utilizado para que se les otorgue una pensión mayor.

*En caso de que no haya cambio en las variables con que se calcula el monto de la pensión.