Inválido

Documento que oferta para la elección de los trabajadores que cotizan al IMSS que iniciaron el trámite para obtener su pensión.

Decisiones a tomar:

  • Elegir entre Ley 73 o Ley 97.
  • Elegir una Aseguradora, Pensiones Banorte es tu mejor decisión para el pago de tu Pensión a través de una Renta Vitalicia.

Futuro Pensionado (a):

Al estar solicitando una PENSIÓN POR INVALIDEZ debe tratarse de una pensión para algún trabajador que por un accidente o enfermedad no relacionada al trabajo, sufra un daño que afecte el desempeño de un trabajo igual. Por ende se te dará a escoger entre:

  • Pensión por parte del IMSS
  • Una pensión por parte de una Aseguradora: Si escoges este esquema deberás también elegir a Pensiones Banorte.

A continuación te explicamos las diferencias entre una opción y otra, y al final te ponemos unos cuadros comparativos para ayudarte a elegir.

Ley 73
(Pensión pagada por el IMSS)

Ley 97 Renta Vitalicia
(Pensión pagada por Pensiones Banorte)

Si elige esta opción, usted recibirá una pensión mensual por parte del Gobierno Federal (pagada por el IMSS).

La pensión crecerá con la inflación en el mes de febrero de cada año.

Podrá retirar de la Afore en una sola exhibición parte de los recursos de la cuenta individual del trabajador fallecido (SAR 92, Vivienda 92, Aportaciones Voluntarias y Retiro 97), ya que el resto será destinado para el pago de su pensión.

Lo que el trabajador fallecido tuvo ahorrado en su Afore se utilizará para comprar su pensión con una Aseguradora. En este caso, usted recibirá una pensión el resto de su vida de manera mensual por parte de la Aseguradora que elija.

La pensión crecerá con la inflación en el mes de febrero de cada año.

Podrá retirar de la Afore en una sola exhibición una parte de los recursos de la cuenta individual del trabajador fallecido (SAR 92, Vivienda 92 y Aportaciones Voluntarias).



Preguntas Frecuentes

Pregunta Frecuente IMSS (Ley 73) Renta Vitalicia (con Pensiones Banorte)
¿Me garantizan mi pensión para toda mi vida?
En caso de mi fallecimiento, ¿mis beneficiarios reciben
¿Recibo anualmente aguinaldo?
¿Siempre voy a recibir lo mismo de pensión? Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación* Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación*
En caso de fallecimiento, ¿mis beneficiarios pueden retirar los recursos que no se usaron para mi pensión? No No
¿Mantengo el servicio médico?
¿Mantengo el servicio médico? SI, SAR 92, Vivienda 92, Retiro 97 y Aportaciones Voluntarias. SI, SAR 92, Vivienda 92 y Aportaciones Voluntarias.

Ley 73
(Pensión pagada por el IMSS)

Ley 97 Renta Vitalicia
(Pensión pagada por Pensiones Banorte)

Si elige esta opción, usted recibirá una pensión mensual por parte del Gobierno Federal (pagada por el IMSS).

La pensión crecerá con la inflación en el mes de febrero de cada año.

Podrá retirar de la Afore en una sola exhibición parte de los recursos de la cuenta individual del trabajador fallecido (SAR 92, Vivienda 92, Aportaciones Voluntarias y Retiro 97), ya que el resto será destinado para el pago de su pensión.

Lo que el trabajador fallecido tuvo ahorrado en su Afore se utilizará para comprar su pensión con una Aseguradora. En este caso, usted recibirá una pensión el resto de su vida de manera mensual por parte de la Aseguradora que elija.

La pensión crecerá con la inflación en el mes de febrero de cada año.

Podrá retirar de la Afore en una sola exhibición una parte de los recursos de la cuenta individual del trabajador fallecido (SAR 92, Vivienda 92 y Aportaciones Voluntarias).



Pregunta Frecuente IMSS (Ley 73) Renta Vitalicia (con Pensiones Banorte)
¿Me garantizan mi pensión para toda mi vida?
En caso de mi fallecimiento, ¿mis beneficiarios reciben
¿Recibo anualmente aguinaldo?
¿Siempre voy a recibir lo mismo de pensión? Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación* Sí, y aumenta proporcionalmente con la inflación*
En caso de fallecimiento, ¿mis beneficiarios pueden retirar los recursos que no se usaron para mi pensión? No No
¿Mantengo el servicio médico?
¿Mantengo el servicio médico? SI, SAR 92, Vivienda 92, Retiro 97 y Aportaciones Voluntarias. SI, SAR 92, Vivienda 92 y Aportaciones Voluntarias.

*En caso de que no haya cambio en las variables con que se calcula el monto de la pensión.